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PAÍS DE ORIGEN EN PRODUCTOS IMPORTADOS A ESTADOS UNIDOS
Cada producto que ingresa a los Estados Unidos debe cumplir con regulaciones específicas en cuanto a su etiquetado y empaquetado definidas por los organismos públicos pertinentes. Sin embargo, información como la del país de origen del producto debe estar presente en todos los artículos que se importen.
Es por esta razón que la información general en este informe hará referencia solamente a la cuestión del país de origen mientras que las regulaciones especificas podrán ser consultadas en las fuentes recomendadas.
Información General
Todo artículo de origen extranjero que ingrese a los Estados Unidos deberá estar etiquetado de forma legible con su país de origen en el idioma inglés, salvo que exista alguna excepción dentro de la ley.
- ¿A qué se lo denomina “país”?
Se denomina país a toda entidad política conocida como una nación. Colonias, posesiones o protectorados fuera de los limites de la “madre patria” pueden ser considerados como países separados.
- ¿Cuál es el país de origen?
Es el país de fabricación, producción o crecimiento del artículo.
- ¿Es necesario que las palabras “Made in” o “Product of” antecedan el nombre del país de origen?
Sólo se requiere incluir la frase “made in” en el caso de que el nombre de un localidad distinta a la del país o localidad en la cual se fabricó el producto aparezca en el artículo o en su envase, pudiendo engañar así al consumidor final. En este caso la frase deberá aparecer al lado del país o localidad de origen y con el mismo tamaño de letras, para evitar confusión.
- ¿La etiqueta debe ser de un tamaño determinado?
Las etiquetas deben ser legibles, de tamaño adecuado y con la claridad necesaria para que puedan ser leídas fácilmente por una persona con visión normal.
- ¿Dónde debe estar ubicada la etiqueta en el artículo?
La etiqueta debe estar ubicada en un lugar visible, en dónde no se encuentre cubierta u oculta por otros artículos adicionales.
- ¿Cuán permanente tiene que ser la etiqueta?
El artículo deberá estar etiquetado en forma indeleble y permanente hasta que la naturaleza del mismo lo permita.
Abreviaciones y Variantes
Se aceptan todas aquellas abreviaciones que inconfundiblemente indiquen el nombre del país de origen. Sin embargo, se recomienda que se escriba siempre el nombre completo del país para así evitar confusiones. Viamonte 1133 – 8º piso – C1053ABW – Buenos Aires – Argentina Tel.: +54-11-4371-4500 –
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No se acepta por ejemplo la abreviación U.E. (Unión Europea) ya que no indica un país individual de origen.
Formas de Etiquetado
- ¿Cuáles son las formas aceptables de etiquetado?
La mejor forma de etiquetado es aquella que forma parte del artículo mismo como la marca, sellos, información impresa y/o métodos similares.
- ¿Pueden utilizarse etiquetas autoadhesivas?
Este tipo de etiquetas pueden ser utilizadas en determinadas circunstancias pero no son recomendables ya que pueden desprenderse por condiciones climáticas, por la calidad del adhesivo o por otros factores. En el caso de que esto ocurra el importador deberá hacerse cargo de reetiquetar la mercadería.
- Etiquetado de Artículos Combinados
Un artículo que va a ser combinado con otro en los Estados Unidos pero que no va a verse afectado en sus características principales deberá presentar su etiqueta indicando su país de origen.
- Etiquetado de Envases Contenedores
o ¿A qué se denominan contenedores normales (Usual Containers)?
Un contenedor normal es el envase en el cual el producto importado llegará al consumidor final. Este tipo de envases no requieren etiquetado con su propio origen si se importan llenos. En el caso de que se importen vacíos, pueden ser exceptuados de ser etiquetados si se importan directamente a la persona o compañía que los va a llenar en una caja u otro contenedor que ya está marcado con su país de origen.
o ¿A qué se denominan contenedores no normales (Unusual Containers)?
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Son aquellos que no son vendidos en retail con sus contenidos o aquellos que son reutilizados luego de consumidos sus contenidos. Este tipo de contenedores deberán estar etiquetados con su propio país de origen en el caso de que se importen llenos además de las etiquetas de origen de sus contenidos.
Artículos con observaciones especiales
Los siguientes artículos poseen observaciones especiales con respecto a su etiquetado1:
- Relojes
- Cuchillos, tenedores
- Cuchillas, máquinas para cortar, para esquilar
- Tijeras, hojas de afeitar, navajas
- Instrumentos quirúrgicos y dentales
- Instrumentos científicos y de laboratorio
- Tenazas, pinzas
- Cañerías
- Bombonas de gas
- Otros
Artículos que no requieren etiquetado
Existen ciertos criterios de excepción al etiquetado. Los siguientes son algunos de ellos2:
- Cuando el artículo no pueda ser etiquetado por sus características propias.
- Cuando el artículo pueda verse dañado si se etiqueta previamente a su ingreso a los Estados Unidos.
- Cuando el contenedor del artículo indique claramente el origen del mismo y llegue cerrado al consumidor final.
- Cuando el artículo sea una sustancia sin procesar.
1 http://www.cbp.gov/linkhandler/cgov/toolbox/publications/trade/markingo.ctt/markingo.doc - Pag. 4 - Special Statutory Marking
2 Para más detalles http://www.cbp.gov/linkhandler/cgov/toolbox/publications/trade/markingo.ctt/markingo.doc - Pag. 5 - Articles Not Requiring Marking Viamonte 1133 – 8º piso – C1053ABW – Buenos Aires – Argentina Tel.: +54-11-4371-4500 –
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- Cuando el artículo sea importado para uso del importador y no para su venta.
- Cuando el artículo vaya a ser procesado en los Estados Unidos por el importador y en cuyo caso la etiqueta se deba cubrir, eliminar o destruir.
- Cuando el artículo haya sido producido 20 años antes de ser importado a los Estados Unidos.
- Cuando los artículos no superen los $ 200 que ingresan sin completar el formulario de ingreso de Aduana.
- Cuando los artículos ingresen a zona franca o a depósito para ser posteriormente exportados.
- Algunos productos de café o te.
- Seda/ Bufandas de seda
Todos los artículos que están exentos de etiquetado deberán aclarar su país de origen en su envase inmediato, salvo los casos que indiquen lo contrario.
Todo el informe completo en inglés lo podrá encontrar en :
http://www.cbp.gov/linkhandler/cgov/toolbox/publications/trade/markingo.ctt/markingo.doc
Para conocer los detalles específicos de etiquetado y empaquetado de otros productos ingrese a:
- Textiles y Productos Textiles: http://www.cbp.gov/linkhandler/cgov/toolbox/legal/informed_compliance_pubs/textiles/icp006r3.ctt/icp006r3.pdf
- Alimentos y Medicamentos:
o Alimentos: http://www.cfsan.fda.gov/label.html
CFR – Titulo 21 – Capitulo 1 – Parte 101
http://www.access.gpo.gov/nara/cfr/waisidx_05/21cfr101_05.html
o Cosméticos: http://www.cfsan.fda.gov/~dms/cos-lbl.html
CFR – Titulo 21 – Capitulo 1 – Parte 701
http://www.access.gpo.gov/nara/cfr/waisidx_05/21cfr701_05.html
o Medicamentos: http://www.fda.gov/cder/index.html
CFR- Titulo 21 – Capitulo 1 – Parte 201 http://www.access.gpo.gov/nara/cfr/waisidx_05/21cfr201_05.html
Viamonte 1133 – 8º piso – C1053ABW – Buenos Aires – Argentina Tel.: +54-11-4371-4500 –
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o Aparatos de uso médico: http://www.fda.gov/cdrh/dsma/470.pdf
CFR – Titulo 21 – Capitulo 1 – Parte 801
http://www.access.gpo.gov/nara/cfr/waisidx_05/21cfr801_05.html
Aparatos de emisión radioactiva: http://www.fda.gov/cdrh/devadvice/335.html
- Productos peligrosos:
- http://hazmat.dot.gov
- http://www.cpsc.gov/businfo/regsumfhsa.pdf
- Requisitos de empaquetado bajo la Poison Prevention Packaging Act - http://www.cpsc.gov/BUSINFO/regsumpppa.pdf
- Productos varios (por orden alfabético):
http://www.cpsc.gov/businfo/reg.html
- Bebidas alcohólicas:
http://www.ttb.gov/alfd/alfd_organic.html
Fuente: AmCham Argentina http://www.amchamar.com.ar/ |