Legalización de documentació

• El declarante debe verificar si los documentos requieren la firma de los mismos frente al cónsul.

• Los documentos son proporcionados por el declarante. La Sección Consular puede proporcionar formatos para hacer poderes y declaraciones juradas, que deberán ser completados por el declarante. El formato de poder disponible en esta oficina requiere la firma de dos testigos.

• Los documentos se firman frente al funcionario consular.

• El trámite es personal : sólo puede(n) firmar la(s) persona(s) mencionada(s) en el documento como declarantes.

• Los documentos deberán estar totalmente completos.

• Los documentos deberán estar escritos en inglés.

• La persona que firma debe tener conocimiento del contenido del documento.

• El declarante debe acompañar los documentos con identificación que acredite el mismo nombre y apellido utilizado en los documentos (pasaporte, licencia de conducir, cédula de identidad, D.N.I.)

• Si los documentos requieren la firma de testigos, deberá proveerlos el declarante.

• La Sección Consular legaliza documentos privados preparados de acuerdo con los requisitos de la jurisdicción en los EE. UU. donde serán presentados. No se completan, preparan, o proporcionan formularios legales; no se ofrece asistencia legal ni se acepta responsabilidad legal por el contenido de los documentos legalizados.

• Los documentos NO pueden ser firmados sobre papel fax, en ese caso deberán traer las copias en papel común.

• El funcionario consular no podrá legalizar la firma del declarante en la página principal, en el caso de que se haya incluido algún tipo de información sobre el declarante (ej. estado civil, etc.)

Viamonte 1133 – 8º piso – C1053ABW – Buenos Aires – Argentina Tel.: +54-11-4371-4500 – amcham@amchamar.com.ar

 

COPIAS CERTIFICADAS

 

• La Sección Consular sólo certifica copias de documentos de identidad. Cualquier otro tipo de copias deberán ser solicitadas a las autoridades que emitieron los originales.

• Deben ser solicitadas por el titular del documento de identidad, quien deberá traer el original y las copias del mismo. En su defecto, podrán ser solicitadas por un familiar que se identifique como tal.